Porotro lado, para formalizar una pareja de hecho en Catalu帽a, es necesario tener una edad m铆nima de 16 a帽os y estar empadronados en la misma
Art铆culo442-3. Sucesi贸n del c贸nyuge viudo y del conviviente en uni贸n estable de pareja superviviente. 1. El c贸nyuge viudo o el conviviente en pareja estable superviviente, si concurre a la sucesi贸n con hijos del causante o descendientes de estos, tiene derecho al usufructo universal de la herencia, libre de fianza, si bien puede ejercer
Estederecho implica que durante el a帽o siguiente a la muerte del c贸nyuge o pareja de hecho, el superviviente que no estuviera separado legalmente o de hecho, tendr谩 derecho a permanecer en la vivienda conyugal.No se tiene este derecho si el viudo o viuda ha adquirido el usufructo universal de la herencia, sencillamente porque el
Enel caso de las parejas de hecho esta necesidad es incluso mayor. Como hemos visto, muy pocas comunidades aut贸nomas
Elc贸nyuge viudo o el conviviente en pareja estable superviviente, si concurre a la sucesi贸n con hijos del causante o descendientes de estos, tiene derecho al
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